Una venta publicada en Facebook Marketplace, un mensaje de WhatsApp y un llamado telefónico. Con esos tres pasos, una persona terminó con el homebanking bloqueado y un préstamo de ciento ochenta y ocho mil pesos a su nombre que nunca había pedido. La Corte Suprema de Justicia de la Nación resolvió, el 26 de septiembre de 2023, una pregunta que aparece casi siempre en este tipo de casos: cuando el engaño ocurre en una provincia y el dinero termina en otra, ¿qué juez tiene que investigar?
Qué pasó
El denunciante tenía un sillón publicado para la venta en Marketplace. Lo contactó por WhatsApp una persona interesada en comprarlo. Para cerrar la operación, el supuesto comprador le envió un comprobante de transferencia, pero le avisó que se había equivocado: en lugar de diecisiete mil pesos, le había mandado ciento setenta mil. Le dijo que un empleado del banco lo iba a llamar para gestionar la devolución del excedente.
Unas horas después llegó el llamado. Del otro lado, alguien que se presentó como empleado de la entidad bancaria le explicó que, para cancelar la transacción, tenía que ir hasta un cajero automático, y le pidió su clave token.
Cuando la víctima quiso entrar a su homebanking, estaba bloqueado. Al reclamar en el banco le informaron que se le había otorgado un préstamo de ciento ochenta y ocho mil pesos que jamás había solicitado. Las medidas de prueba mostraron después que, una vez acreditado ese dinero, se transfirió a cuentas de terceros radicadas en Río Cuarto, provincia de Córdoba, y que desde un cajero de esa misma ciudad se hizo una extracción de treinta y dos mil pesos.
El conflicto entre jueces
Ninguno de los dos juzgados quería quedarse con la causa. Es lo que se llama una contienda negativa de competencia.
- El Juzgado de Garantías de San Martín (Buenos Aires) se declaró incompetente: sostuvo que el delito se consumó en Río Cuarto, porque fue allí donde finalmente se dispuso del dinero.
- El Juzgado de Control y Faltas de Río Cuarto (Córdoba) rechazó recibirla por prematura: dijo que la investigación todavía no mostraba desde dónde se había desplegado el engaño telefónico.
Qué resolvió la Corte
La Corte, en línea con el dictamen del Procurador General interino, decidió que la causa debe seguir en el juzgado de Río Cuarto.
El criterio que aplicó es una doctrina ya conocida del tribunal (Fallos 333:2052): en las estafas, tanto el lugar donde se despliega el ardid como aquel donde se verifica la disposición del patrimonio sirven para determinar la competencia territorial. Cuando los dos puntos no coinciden —que es lo habitual en las estafas virtuales—, el empate se resuelve por razones de economía procesal: se queda el juez que esté en mejores condiciones de investigar.
En este caso la balanza se inclinó sola: los titulares de las cuentas que recibieron el dinero viven en Río Cuarto, y la extracción por cajero también se hizo ahí. Toda la prueba concreta estaba en Córdoba.
Por qué es importante
En las estafas virtuales casi nunca hay un único “lugar del hecho”: la víctima está en una provincia, quien llama puede estar en cualquier lado y el dinero aterriza en una tercera. Ese desfasaje suele derivar en un ida y vuelta entre juzgados que puede durar meses, mientras la prueba se enfría y el dinero se dispersa.
Lo relevante de esta resolución es que la Corte no exige tener identificado el lugar exacto del engaño para poder avanzar. Basta con seguir el rastro del dinero: donde están las cuentas, los cajeros y los titulares, ahí hay material para investigar. Es un criterio práctico, y es el que conviene invocar cuando un juzgado pretende desprenderse de la causa alegando que faltan precisiones.
Si te pasó algo parecido
- Denunciá igual, aunque el estafador esté en otra provincia. Que el hecho tenga puntos en distintas jurisdicciones no es un obstáculo para denunciar: es el sistema judicial el que después define quién investiga.
- Guardá todo antes de borrar nada. Capturas del chat, el número de teléfono, el comprobante que te mandaron, la publicación original. Esa es la prueba.
- Avisá al banco de inmediato y desconocé la operación por escrito. Dejá constancia con número de reclamo.
- Ningún banco te va a pedir la clave token. Ni por teléfono, ni por mail, ni por WhatsApp. Si te la piden, es una estafa.
En Juris Consultas trabajamos habitualmente con este tipo de casos, donde el derecho penal se cruza con la evidencia digital. Si atravesaste una situación parecida, podés escribirnos y lo vemos.
Fuente: Corte Suprema de Justicia de la Nación, “N.N. s/ incidente de incompetencia”, Competencia CSJ 839/2022/CS1, sentencia del 26 de septiembre de 2023. Dictamen del Procurador General de la Nación interino del 23 de septiembre de 2022. Doctrina aplicada: Fallos 333:2052.
Los nombres de las personas involucradas fueron omitidos por tratarse de una causa en trámite.