Europa ya tiene su Reglamento de Inteligencia Artificial en marcha, y con él llega una pregunta que tarde o temprano va a golpear también en nuestros tribunales: si un sistema de IA causa un daño, ¿quién responde? La normativa europea clasifica los sistemas según su nivel de riesgo y les impone obligaciones a quienes los desarrollan, los importan o los usan. Pero el Derecho Penal tiene sus propias reglas del juego, y no alcanza con una norma administrativa para resolver todo.

Un trabajo académico reciente, publicado en la revista especializada En Letra: Derecho Penal, se mete de lleno en esa tensión. La autora repasa uno por uno los elementos clásicos de la teoría del delito —causalidad, imprudencia, autoría, posición de garante— y se pregunta cómo se sostienen frente a un sistema que toma decisiones de forma autónoma y cuyo funcionamiento interno, en muchos casos, ni sus propios creadores pueden explicar del todo (el llamado “efecto caja negra”).

Algunas de las ideas centrales que plantea:

Todavía no hay una legislación penal específica en Argentina para estos casos, pero las discusiones que se están dando en Europa marcan un camino que tarde o temprano también vamos a tener que recorrer acá. Desde Juris Consultas seguimos de cerca estos desarrollos para poder asesorar con criterio actualizado a las empresas y personas que ya están usando estas tecnologías.

Fuente: Roso Cañadillas, R. (2024). “Derecho penal adaptado a la IA: entre el derecho penal analógico y el derecho penal digital”. En Letra: Derecho Penal, Año XI, N.º 17, pp. 43-94.